El abuso sexual
es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin
consentimiento de una persona. El abuso sexual puede producirse entre adultos,
de un adulto a un menor -abuso sexual infantil- o incluso entre menores.1
Como actividad
sexual se incluye:
Cualquier tipo
de penetración de órganos genitales en contra de la voluntad, o aprovechando la
incapacidad de un menor para comprender ciertos actos. También se incluye el
inducir u obligar a tocar los órganos genitales del abusador.
Cualquier
acción que incite al menor a escuchar o presenciar contenido sexual impropio
(observar al adulto desnudo o mientras mantiene relaciones sexuales con otras
personas, ver material pornográfico o asistir a conversaciones de contenido
sexual, por ejemplo).
La violación,
que es considerada delito sin importar el sexo de la víctima, y el estupro.
Estupro: La diferencia entre abuso sexual infantil y estupro radica en que en
el primero son menores de edad que aún no tienen conciencia de en que consiste
el acto sexual y en el estupro son menores de 18 años y mayores de 12 en el
cuál el sujeto activo obtiene el consentimiento de su víctima por medio del
engaño y la seducción, en este delito es fundamental que la víctima no pase de
18 años. Sujetos:
Activo: Hombre
mayor de edad que realiza el engaño.
Pasivo: Mujer
que tenga más de 12 años de edad y menos de 18.
Por su
duración: Es un delito instantáneo por que la acción delictiva se consuma en el
mismo momento de su realización y es perseguible únicamente por la petición de
la parte ofendida. (En este delito no existe violencia).
En el caso de
abuso sexual infantil, los fenómenos que se desencadenan tienen que ver con
trastornos en el desarrollo psicosexual. Una dificultad en la relación
madre-hija puede complicar el riesgo para el abuso sexual infantil y las
consecuencias del abuso.
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