martes, 19 de noviembre de 2013

ABUSOS SEXUAL

El abuso sexual es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento de una persona. El abuso sexual puede producirse entre adultos, de un adulto a un menor -abuso sexual infantil- o incluso entre menores.1
Como actividad sexual se incluye:
Cualquier tipo de penetración de órganos genitales en contra de la voluntad, o aprovechando la incapacidad de un menor para comprender ciertos actos. También se incluye el inducir u obligar a tocar los órganos genitales del abusador.
Cualquier acción que incite al menor a escuchar o presenciar contenido sexual impropio (observar al adulto desnudo o mientras mantiene relaciones sexuales con otras personas, ver material pornográfico o asistir a conversaciones de contenido sexual, por ejemplo).
La violación, que es considerada delito sin importar el sexo de la víctima, y el estupro. Estupro: La diferencia entre abuso sexual infantil y estupro radica en que en el primero son menores de edad que aún no tienen conciencia de en que consiste el acto sexual y en el estupro son menores de 18 años y mayores de 12 en el cuál el sujeto activo obtiene el consentimiento de su víctima por medio del engaño y la seducción, en este delito es fundamental que la víctima no pase de 18 años. Sujetos:
Activo: Hombre mayor de edad que realiza el engaño.
Pasivo: Mujer que tenga más de 12 años de edad y menos de 18.
Por su duración: Es un delito instantáneo por que la acción delictiva se consuma en el mismo momento de su realización y es perseguible únicamente por la petición de la parte ofendida. (En este delito no existe violencia).
En el caso de abuso sexual infantil, los fenómenos que se desencadenan tienen que ver con trastornos en el desarrollo psicosexual. Una dificultad en la relación madre-hija puede complicar el riesgo para el abuso sexual infantil y las consecuencias del abuso.

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